AtribucionesGobierno de embarcaciones de recreo de hasta 20 metros de eslora, con la potencia de motor adecuada a la misma, en la cual la embarcación no se aleje más de 60 millas de la costa
Condiciones: Estar en posesión del P.E.R. Haber cumplido 18 años. Aprobar el examen teórico correspondiente. Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación de al menos 24 horas y las prácticas de radio de al menos 4 horas en Escuela de Navegación
Para obtenerlo deberás:
Superar la parte teórica (examenes independientes para Navegación, Seguridad, Meteorología, Radiocomunicaciones y Legislación) Realizar las prácticas de motor de 24 horas y las prácticas de radio de 4 horas Para gobernar una embarcación de vela realizar (añadidas a las anteriores) las prácticas de vela de 20 horas, sólo si si no se poseía la habilitación para la Vela con el P.E.R. Existe un examen práctico que quien lo quisiera realizar y lo aprobase le sustituiría las prácticas de motor. Lo realiza la administración. La realización de las prácticas de 24 horas sustituye el examen y este último no debe realizarse.
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¿Cómo conseguirlo?
OPCIÓN 1 | | |
OPCIÓN 2 |  en preparación | Curso a distancia |  |
OPCIÓN 3 |  en preparación | Curso online | 
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OPCIÓN 4 |  en preparación | Orientación a examen |  |
Las 4 opciones nos permiten superar el examen teórico correspondiente debiéndose añadir las prácticas correspondientes según se pretendan las atribuciones sólo para embarcaciones de motor o motor y vela. En el caso de motor las prácticas de motor de 24 horas más las prácticas de radio de 4 horas, y en el caso de vela añadir a las anteriores las prácticas de vela de 20 horas (sólo si las atribuciones de vela no se poseían en el P.E.R.). En todos los casos podemos gestionarte la matriculación oficial así como la tramitación de la titulación una vez obtenida, abonándose en tal caso las tasas correspondientes.
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