Me han dicho que con el PER puedo navegar desde la península a las Islas Baleres, o bien porque me acompañen barcos con patrones de yate y yo en mi barco con el PER vaya con ellos, o bien porque haga la travesía desde las cercanías de Cabo de la Nao, muy cerquita de Ibiza, ¿es cierto?
Ni lo uno, ni lo otro. Por un lado la compañía de otros barcos que sí puedan ir a las Islas porque sus patrones tienen las atribuciones no permite a un barco que los acompañe que sea gobernado por un PER. Cada barco debe tener su patrón con las atribuciones necesarias para la navegación que esté realizando. Muy distinto sería que abordo llevases un titulado Patrón de Yate. En cuanto a lo otro, debemos recordar que las atribuciones de un PER indican que no puede alejarse más de 12 millas de la costa. Esto podría permitirte una travesía de costas distantes no más de 24 millas, ya que al dejar de tener una a 12 millas tendrías la otra. Pero la mínima separación entre península y archipiélago Balear ronda las 40 millas. |